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Normativa recién estrenada
Cooperativas Extremadura valora que los nuevos reglamentos incluyan especificidades de las OPFH cooperativas
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 31 de mayo los nuevos Reales Decretos (RD) de reconocimiento y funcionamiento de Organizaciones de Productores (OPs) y de fondos y programas operativos, mediante los cuales el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) traspone en España las novedades del marco normativo comunitario del sector hortofrutícola. Con anterioridad, el 25 de mayo, la Comisión Europea publicó los nuevos reglamentos 2017/891 y 2017/892 que, igual que los Reales Decretos antes mencionados, también, a partir del 1 de junio, regularán las condiciones de reconocimiento de las OPs y Programas Operativos (PO) en el sector de frutas y hortalizas. La misma fecha de entrada en vigor tendrá la nueva Estrategia Nacional y Directrices Medioambientales.
Esta recién estrenada normativa, que la Comisión y los Estados miembro llevan discutiendo más de dos años -pues los primeros debates comenzaron en 2015- pretende simplificar y actualizar la normativa actualmente en vigor, aportando mayor seguridad jurídica y adaptándola al Tratado de Lisboa. De esta manera, el antiguo Reglamento de Ejecución (UE) Nº543/2011, queda desdoblado en dos reglamentos, uno delegado y otro de ejecución.
Técnicos de las distintas federaciones que componen el Consejo Sectorial de Frutas y Hortalizas de Cooperativas Agro-alimentarias de España, con una dilatada experiencia en la gestión de los Programas Operativos, han realizado un largo debate que ha permitido el seguimiento de las discusiones que han precedido a la adopción de esta nueva normativa, que acompañara a las OPFH en los próximos años, y han expuesto su visión sobre los artículos más relevantes a la Comisión y al MAPAMA.
Después de este intenso trabajo, muchas de las inquietudes de las OPFH cooperativas se han visto reflejadas en la nueva normativa y podrán facilitar la compleja gestión de los Programas Operativos. Además, se lograron revertir algunas de las disposiciones introducidas en anteriores modificaciones reglamentarias como el reconocimiento automático del carácter democrático de este tipo de OPFH; el mantenimiento de la elegibilidad de los gastos de personal (se amplía ahora al personal de los miembros de las OP que sean cooperativas); la simplificación de la calificación de las secciones; la aclaración en cuanto al tratamiento de las situaciones en las que son las filiales, o los miembros o las AOP o las cooperativas de segundo grado las que aportan medios o llevan a cabo las actividades de la OP y los casos en los que se debe interpretar que hay externalización, o el reconocimiento de las AOP o la gestión de PO por éstas.
Completado el nuevo marco normativo sobre OPFH y PO que está en vigor en su conjunto desde junio de 2017, se revalida la apuesta de la UE por estas organizaciones empresariales, orientadas a la concentración y la valorización de la oferta, buscando el objetivo prioritario y estratégico de la mejora de la posición de los productores del sector de frutas y hortalizas en el mercado.
Hay que destacar la mejora que introduce la nueva normativa en lo que se refiere al incremento de las indemnizaciones de retirada. Esta medida permitirá, a partir de esta campaña y una vez adaptadas las OPFH a esta nueva normativa, aumentar la eficacia de este instrumento específico del sector hortofrutícola para la gestión y prevención de las crisis de mercado. Este es un logro perseguido durante años por el sector hortofrutícola.
Cooperativas Agro-alimentarias no realiza, sin embargo, un balance tan positivo en lo conseguido respecto a poder aliviar la carga administrativa para la presentación, desarrollo y justificación de los PO, aspecto en lo que no se ha avanzado demasiado. También en la nueva normativa se han incluido nuevas limitaciones en las medidas medioambientales y en lo que se refiere a la elegibilidad de determinadas acciones de los programas, lo cual restará flexibilidad a las OP.
Así, confía en que esta convalidación del Régimen de ayudas comunitarias a las Frutas y Hortalizas suponga la consolidación de las OPFH y sus PO y oriente las propuestas de la Unión Europea para que este sistema se consolide en el futuro horizonte de la PAC después de 2020.